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Pablo Sáez Hurtado

Publicaciones

Gobernanza en España

AESIA, AEPD, anteproyecto y Ley Orgánica de IA, sandbox regulatorio.

14 artículos.

En España, la supervisión del Reglamento de IA se organiza en torno a la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA), cuyo Estatuto aprobó el Real Decreto 729/2023. Cuando un sistema de IA trata datos personales, interviene también la Agencia Española de Protección de Datos, autoridad de control del Reglamento General de Protección de Datos en España.

El Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial fue aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 12 de junio de 2026 (serie A, núm. 97-1). Caducó el 6 de octubre de 2026 con la disolución de las Cortes (Real Decreto 806/2026; art. 207 del Reglamento del Congreso): hoy no hay una ley española que tipifique las infracciones del Reglamento Europeo de IA.

El Real Decreto 817/2023 estableció un entorno controlado de pruebas para ensayar el cumplimiento de la entonces propuesta de Reglamento de IA. El art. 57.1 del Reglamento, en la redacción del Reglamento (UE) 2026/1744, exige que cada Estado miembro tenga operativo al menos un espacio controlado de pruebas para la IA a más tardar el 2 de agosto de 2027.

Los artículos de esta sección analizan las guías de la AESIA, el anteproyecto y el proyecto de ley orgánica, el sandbox y el papel de las autoridades españolas.

En la Guía de uso seguro de la IA en la empresa: La IA en España: normativa, AESIA y ayudas · La AESIA y sus guías, explicadas · Gobernanza de la IA en la empresa: comité, inventario y responsables

Fuentes: Real Decreto 729/2023; BOCG, Congreso, serie A, núm. 97-1; Real Decreto 817/2023; Reglamento (UE) 2026/1744. Comprobado el 20 de octubre de 2026.

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